 En la edad media era el señor de la villa quien ejercÃa todos los derechos jurisdiccionales sobre la población rigiéndose por las leyes reales del reino de Castillo.
 El Alcazar de Niebla tambien tuvo su cárcel. Fue el Cuarto Conde de Niebla quien restaurando el castillo, lo amplió dotándolo de aljibes, depositos, salas para el grano, sotanos y mazmorras en tres plantas según el delito de los reos y tambien habitaciones para las mesnadas encargadas del orden y controlar probables sublevaciones.
 En el rango mas alto estaba el Corregidor o Justicia que era como juez, el jefe politico del concejo. Le seguÃan dos Alcaldes Mayores, uno para casos civiles y otro para causas penales. En el ultimo escalafon estaban los alguaciles que se encargaban de prender al delicncuente, cumplir las ordenes, citar a interesados a juicio y hacer cumplir las sentencias de los Magistrados municipales que actuaban en nombre del Duque. Tambien podian los alguaciles establecer penas a quienes alteraran el orden público sin que mediara la justicia, dependiendo si era verbal o armada.
 Las sentencias podian ser apeladas dependiendo de las cuantÃas impuestas. Alcaldes y jueces no podian asesorar en los pleitos. La penas eran cobradas por concejo. Otra figura era la de los sesmeros a quienes se reconocia como jueces en debates sobre lindes y caminos.
 Una de las maneras más macabras de forzar la información y castigar al reo o delincuente fue a traves de los instrumentos de tortura de los que el Castillo de Niebla guarda bastantes ejemplos. Turismo Niebla 959362270
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